La fecha más antigua que la documentación aporta acerca de esta Alcaldía data de mitad del siglo XVII , momento a partir del cual aparece en manos de la familia Toledo y forma junto con la del conde del Águila y la de los Tous de Monsalve , el pequeño grupo de Alcaldías Mayores que fueron ejercidas por sus propios dueños hasta 1766, como se refleja en el cuadro nº 39. El primer ocupante de la Alcaldía en el siglo XVIII fue Nicolás de Toledo Golfín , premiado con el hábito de Caballero de Calatrava por su participación en la Guerra de Sucesión y nombrado Caballerizo de campo de S. M en 1729 por su participación en los festejos taurinos en honor de Felipe V durante su estancia en Sevilla. El oficio , que ya era perpetuo desde 1629 , estaba vinculado al mayorazgo de la familia.
A Nicolás sucedió en la Alcaldía su hijo del mismo nombre hasta que en 1766 Miguel Toledo , entonces titular del oficio , nombró a Fausto Bustamante mediante renuncia y por los días de la vida del dueño del oficio para que lo ocupara . Sin embargo , en 1768, Bustamante tuvo que cesar y la Alcaldía permaneció vacante hasta que en 1792 Rafael Toledo , hijo de Miguel que aún no era propietario del oficio , presentó al Cabildo solicitud para ser recibido alegando que su padre se hallaba inhabilitado mentalmente para la dirección del mayorazgo al que pertenecía la Alcaldía.
El Cabildo efectuó las diligencias previas para el recibimiento de Rafael , pero su padre Miguel Toledo presentó certificado del párroco de San Román donde estaba empadronado , según el cual había cumplido con los preceptos de la Santa Madre Iglesia durante todo el año de 1792 con lo que se pretendía demostrar que no podía estar demente una persona que confesaba y comulgaba . Ademas , el padre también presentó al Cabildo un memorial en el que exponía que su hijo había alegado su demencia con el único fin de hacerse dueño absoluto de todo, especialmente del mayorazgo fundado por sus antepasados en Cazalla , a cuyos Regidores podía el Cabildo pedir información acerca da la conducta de Rafael , que había vendido propiedades vinculadas al mayorazgo sin tener la preceptiva Facultad Real , engañando a su padre y al Rey para vivir licenciosamente y tener dinero para gastar. Un informe del abogado de Miguel Toledo enviado al Cabildo decía que su hijo Rafael se había valido malamente de la administración del vínculo a él perteneciente habiéndolo
" Despojado violentamente de sus posesiones hasta destruirlo... gastando en usos no correspondientes y habiendo puesto al padre en tal decadencia que ni aun aquella decencia que es debida a su persona se la da , negándole cuanto le es preciso y le corresponde, razón por la que le ha sido necesaria alguna vez , con vergüenza por no ser perteneciente a su estimación y nacimiento , valerse de otras personas para que le hayan ayudado ".
Pese a todas estas alegaciones , MIguel Toledo quedó inhabilitado pasando la propiedad de la Alcaldía Mayor a su hijo Rafael que inició los trámites de rigor para su recibimiento . El informe de los diputados de diligencias sobre los requisitos que debía reunir de Rafael para ocupar la Alcaldía fue favorable , pero éste no llegó a efectuar el recibimiento. Todo apunta a que Rafael no tenía verdadero interés en ocupar el oficio porque en una escritura de 1798 declaraba vender la Alcaldía a Martín Antonio de Olazábal por 36.500 reales en dinero efectivo Sobre este dato hay que decir que se trata de la única venta explícita de una Alcaldía Mayor de la que tenemos noticia y el único precio con que contamos para el siglo XVIII . Además , se trata de una cantidad bastante elevada en comparación con las veinticuatrías de lo que se deduce que las Alcaldías gozaban de una alta cotización incluso a finales del siglo XVIII , fecha en la que los precios de los oficios capitulares- por la propia devaluación de éstos- llevaban mucho tiempo estancados . En la escritura de venta , Toledo declaraba que ni a él ni a su padre les había sido posible recibirse en el oficio por las cortas rentas que tenía el mayorazgo y que, aunque se hubiesen recibido , su situación económica , lejos de mejorar, se hubiera agravado debido al mucho dispendio para mantener la decencia oportuna de este empleo . Además , el dinero de la venta de la Alcaldía Mayor serviría para redimir los tributos que pesaban sobre ella. (1 ).
( 1 ) Márquez Redondo, Ana María , El Ayuntamiento de Sevilla en el Siglo XVIII, ed , Ayuntamiento de Sevilla, Sevilla, 2010. Tomo, I, páginas, 270, 271 y 272.
A Nicolás sucedió en la Alcaldía su hijo del mismo nombre hasta que en 1766 Miguel Toledo , entonces titular del oficio , nombró a Fausto Bustamante mediante renuncia y por los días de la vida del dueño del oficio para que lo ocupara . Sin embargo , en 1768, Bustamante tuvo que cesar y la Alcaldía permaneció vacante hasta que en 1792 Rafael Toledo , hijo de Miguel que aún no era propietario del oficio , presentó al Cabildo solicitud para ser recibido alegando que su padre se hallaba inhabilitado mentalmente para la dirección del mayorazgo al que pertenecía la Alcaldía.
El Cabildo efectuó las diligencias previas para el recibimiento de Rafael , pero su padre Miguel Toledo presentó certificado del párroco de San Román donde estaba empadronado , según el cual había cumplido con los preceptos de la Santa Madre Iglesia durante todo el año de 1792 con lo que se pretendía demostrar que no podía estar demente una persona que confesaba y comulgaba . Ademas , el padre también presentó al Cabildo un memorial en el que exponía que su hijo había alegado su demencia con el único fin de hacerse dueño absoluto de todo, especialmente del mayorazgo fundado por sus antepasados en Cazalla , a cuyos Regidores podía el Cabildo pedir información acerca da la conducta de Rafael , que había vendido propiedades vinculadas al mayorazgo sin tener la preceptiva Facultad Real , engañando a su padre y al Rey para vivir licenciosamente y tener dinero para gastar. Un informe del abogado de Miguel Toledo enviado al Cabildo decía que su hijo Rafael se había valido malamente de la administración del vínculo a él perteneciente habiéndolo
" Despojado violentamente de sus posesiones hasta destruirlo... gastando en usos no correspondientes y habiendo puesto al padre en tal decadencia que ni aun aquella decencia que es debida a su persona se la da , negándole cuanto le es preciso y le corresponde, razón por la que le ha sido necesaria alguna vez , con vergüenza por no ser perteneciente a su estimación y nacimiento , valerse de otras personas para que le hayan ayudado ".
Pese a todas estas alegaciones , MIguel Toledo quedó inhabilitado pasando la propiedad de la Alcaldía Mayor a su hijo Rafael que inició los trámites de rigor para su recibimiento . El informe de los diputados de diligencias sobre los requisitos que debía reunir de Rafael para ocupar la Alcaldía fue favorable , pero éste no llegó a efectuar el recibimiento. Todo apunta a que Rafael no tenía verdadero interés en ocupar el oficio porque en una escritura de 1798 declaraba vender la Alcaldía a Martín Antonio de Olazábal por 36.500 reales en dinero efectivo Sobre este dato hay que decir que se trata de la única venta explícita de una Alcaldía Mayor de la que tenemos noticia y el único precio con que contamos para el siglo XVIII . Además , se trata de una cantidad bastante elevada en comparación con las veinticuatrías de lo que se deduce que las Alcaldías gozaban de una alta cotización incluso a finales del siglo XVIII , fecha en la que los precios de los oficios capitulares- por la propia devaluación de éstos- llevaban mucho tiempo estancados . En la escritura de venta , Toledo declaraba que ni a él ni a su padre les había sido posible recibirse en el oficio por las cortas rentas que tenía el mayorazgo y que, aunque se hubiesen recibido , su situación económica , lejos de mejorar, se hubiera agravado debido al mucho dispendio para mantener la decencia oportuna de este empleo . Además , el dinero de la venta de la Alcaldía Mayor serviría para redimir los tributos que pesaban sobre ella. (1 ).
( 1 ) Márquez Redondo, Ana María , El Ayuntamiento de Sevilla en el Siglo XVIII, ed , Ayuntamiento de Sevilla, Sevilla, 2010. Tomo, I, páginas, 270, 271 y 272.
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